Artículo 241

Homicidio

Código Penal Estado de México · Estado de México Penal

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Cita: Artículo 241 de Código Penal Estado de México (Fragmento exportado del KB penal (2sep26) — SEMILLA: pendiente re-curado contra el periódico oficial del estado.). Última reforma: 2026-06-16.
Texto literal de la fuente oficial.Este es el texto de la ley tal como lo publica la fuente oficial, sin cambios. La explicación «en cristiano» va aparte.Compromiso de fuentes oficiales.

Artículo 241.- Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro. Se sancionará como homicidio a quien a sabiendas de que padece una enfermedad grave, incurable y mortal, contagie a otro o le cause la muerte.

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