Artículo 26

Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Federal Penal

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Cita: Artículo 26 de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Cámara de Diputados — diputados.gob.mx (PDF oficial, texto vigente)).
Texto literal de la fuente oficial.Este es el texto de la ley tal como lo publica la fuente oficial, sin cambios. La explicación «en cristiano» va aparte.Compromiso de fuentes oficiales.

. La reparación del daño tiene el carácter de pena pública, por lo que se impondrá a todo imputado cuando se dicte en su contra sentencia de condena.

FRACCIÓN XXI DEL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS Los recursos económicos obtenidos de los procedimientos de abandono, decomiso o extinción de dominio derivados de delitos de extorsión previstos en esta Ley, serán preferentemente aplicados para la restitución de los derechos de las víctimas de dicho ilícito.

## Sección Segunda — De la Prueba

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