Artículo 43
LEY General de Víctimas · Federal Víctimas
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Cita: Artículo 43 de LEY General de Víctimas (Cámara de Diputados — diputados.gob.mx (PDF oficial, texto vigente)).
Texto literal de la fuente oficial.Este es el texto de la ley tal como lo publica la fuente oficial, sin cambios. La explicación «en cristiano» va aparte.Compromiso de fuentes oficiales.
. La información y asesoría deberán brindarse en forma gratuita y por profesionales conocedores de los derechos de las víctimas, garantizándoles a ellas siempre un trato respetuoso de su dignidad y el acceso efectivo al ejercicio pleno y tranquilo de todos sus derechos.
Artículo reformado DOF 03-05-2013
## TÍTULO CUARTO — MEDIDAS DE ASISTENCIA Y ATENCIÓN
Título reubicado y reestructurado (se suprime su anterior Capítulo II para quedar con dos capítulos), con denominación reformada DOF 03-05-2013
## CAPÍTULO I — DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo reubicado DOF 03-05-2013
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