Artículo QUINTO
CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos · Federal Constitucional
Se reforman los dos primeros párrafos del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: ...........
Los órganos de gobierno electos en los años 2012 y 2015 permanecerán en funciones hasta la terminación del periodo para el cual fueron electos. En su desempeño se ajustarán al orden constitucional, legal y del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal destinado a normar las funciones a su cargo, que hubiere emanado o emane de los órganos competentes. Las facultades y atribuciones derivadas del presente Decreto de reformas constitucionales no serán aplicables a dichos órganos de gobierno, por lo que se sujetarán a las disposiciones constitucionales y legales vigentes con antelación a la entrada en vigor del presente Decreto.
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